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Servicios COMEX para individuos

Soluciones para realizar de forma simple y ágil tus transferencias personales y operaciones comerciales al exterior.


Transferencias al exterior

Es un instrumento de pago muy sencillo, de bajo costo y ágil, ya que no requiere garantías.

Requisitos
 

Se utiliza para giros entre particulares por diversos motivos: cuestiones familiares, inversiones, gastos de representación, operaciones comerciales y más. 

 

Los requisitos básicos de los conceptos más habituales son los siguientes. No obstante, el Banco puede requerir mayor documentación para su análisis.

Ayuda familiar -Cod BCRA i07: El límite para este concepto son usd 200, dicho límite se comparte con el cupo de dólar solidario. Te vamos a pedir documentación que respalde el vínculo con el beneficiario y además, documentación que avale que reside en el exterior.

Cuenta propia- Cod BCRA A07: La transferencia es entre cuentas espejo, es decir que el emisor y el beneficiario deben ser el mismo. A partir del 14/04/2025 podés realizarlas sin límite debitando tanto pesos como dólares.

Si se trata de servicios al exterior accede al Link para verificar la documentación solicitada, te dejamos los conceptos más comunes para que identifiques el código que se adecua a tu operación.

Cursos educativos Cod BCRA S28.

Homologación de títulos/ tramites de ciudadanía (siempre que el beneficiario sea un ente gubernamental) Cod BCRA S25.


Órdenes de pago

Es una herramienta sencilla para recibir dinero en moneda extranjera de manera segura, simple y de bajo costo, que no requiere garantías.

Para recibir una transferencia del exterior enviale a tu contraparte las siguientes instrucciones completando solos tus datos en el campo 59.


Instrucciones para recibir USD
Instrucciones para recibir Eur

En cuanto recibamos los fondos, generaremos una Orden de Pago a tu favor.


¡NOVEDAD!

Bonificaremos las comisiones de recepción de fondos del exterior en tu cuenta dólares hasta USD 10.000 por transacción. Las operaciones se cursarán de acuerdo a la normativa vigente y el beneficio aplica solo a personas físicas.



¿Qué operaciones aplica?
 

  • Repatriación de fondos: estas operaciones se limitan a transferencias entre cuentas propias (del mismo titular)- Concepto BCRA A07
  • Cobro de servicios exportados: si facturas servicios al exterior podes cobrar en dólares solicitando la liquidación dentro de los 20 días hábiles de recibido los fondos, y hasta USD 36.000 por año calendario,en el conjunto de entidades en cuentas de tu titularidad.

Requisitos
 

Si sos exportador de bienes los fondos deben liquidarse en tu cuenta en pesos presentando el Formulario CE-416. Si facturás servicios al exterior podés ingresar hasta un equivalente de USD 36.000 por año calendario, en el conjunto de entidades en cuentas de tu titularidad. Superado dicho importe los ingresos deberán liquidarse en tu cuenta ARS. Te dejamos el listado de conceptos por los cuales podés acceder:

S01 Mantenimiento y reparaciones.
S07 Servicios de construcción.
S08 Enseñanzas educativas.
S12 Servicios de telecomunicaciones.
S13 Servicios de informática.
S14 Servicios de información.
S15 Cargos por el uso de la propiedad intelectual.
S16 Servicios de investigación y desarrollo.
S17 Servicios jurídicos, contables y gerenciales.
S18 Servicios de publicidad, investigación de mercado y encuestas de opinión pública.
S19 Servicios arquitectónicos, de ingeniería y otros servicios técnicos.
S21 Servicios relacionados con el comercio.
S22 Otros servicios empresariales.
S23 Servicios audiovisuales y conexos.
S24 Otros servicios personales, culturales y recreativos (incluye enseñanzas educativas).
S27 Otros servicios de salud.
S28 Enseñanzas educativas.

Si recibiste los fondos por otros motivos o tenés otras consultas contáctanos al CAT 0810-555-2355. Si sos Selecta contáctanos al 0810-555-7353