Los Clientes alcanzados por el Decreto N° 767/2020, referido a Préstamos Hipotecarios que recaigan sobre inmuebles destinados a vivienda única, podrán a través de este medio dar inicio al proceso de revisión de su situación siempre que acrediten que el importe de la cuota en curso de su Préstamo Hipotecario supera el 35% de sus ingresos actuales.
Para este cálculo se deberán considerar tanto los deudores como codeudores, computados en igual forma a lo previsto al momento del otorgamiento de la financiación.
De acuerdo a lo establecido, antes de iniciar esta gestión, te sugerimos que controles si el monto efectivamente abonado de la última cuota paga de tu Préstamos Hipotecario fue superior al 35% de la suma de los ingresos mensuales de todos los integrantes de la operación.
En caso que efectivamente supere este porcentaje y tu condición financiera se vea afectada por este motivo, deberás seguir los siguientes pasos: