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ADUC C/ BANCO MACRO – PLAZO FIJO CON RENOVACIÓN AUTOMÁTICA


ADUC C/ BANCO MACRO - PLAZO FIJO CON RENOVACIÓN AUTOMÁTICA
En atención al acuerdo conciliatorio arribado en el marco del expediente Nº 32225/2019 ‘Asociación por la Defensa de Usuarios y Consumidores c/ Banco Macro S.A. s/ Ordinario’ que tramita por ante el Juzgado Nacional Comercial Nº 8, Secretaría Nº 16, Banco Macro S.A. pone en conocimiento que otorgará a favor de las personas humanas y jurídicas usuarias y consumidores finales en los términos de la ley 24.240, que hayan efectuado depósitos a plazo fijo con renovación automática en el Banco, entre el 09/12/2014 y el 20/04/2020, la bonificación de un Seguro por Accidentes Personales (con cobertura por muerte por accidente e invalidez total por accidente) hasta la suma de $600.000 en caso de muerte por accidente o Invalidez total por accidente y hasta $ 120.00 por renta diaria por accidente junto con un Servicio de Asistencia -(i) cobertura médica odontológica consistente en consultas odontológicas telefónicas 24hs, examen odontológico odontograma en general, radiografías periapicales y coronales, medicina bucal y asistencia dental de urgencia (hasta $ 20.000 en todas las prestaciones odontológicas); (ii) Referencia de farmacia, centros de salud y odontológicos a nivel nacional (sin límite); (iii) enfermera a domicilio (hasta $ 20.000 anuales); (iv) terapias básicas físicas a domicilio (hasta $ 20.000 anuales); (v) acompañante nocturno durante la hospitalización (hasta $ 20.000 anuales ); (vi) asistencia sala de urgencia por accidente laboral, doméstico y de tránsito (hasta $ 20.000 anuales); (vii) descuento en farmacias (hasta un 30 % de reintegro)-, un Servicio de multiasistencia al hogar -(i) plomería (2 eventos al año y hasta $12.000 por evento); (ii) gas (2 eventos al año y hasta $12.000 por evento); (iii) cristalería (2 eventos al año y hasta $12.000 por evento); (iv) electricidad (2 eventos al año y hasta $12.000 por evento); y (v) cerrajería (2 eventos al año y hasta $12.000 por evento); v) prestaciones adicionales consistentes en seguridad y vigilancia por robo/celador o cuidador - vigilante sustituto/servicios de mudanza por inhabitabilidad de la vivienda/Técnicos para mantenimiento en general del hogar (albañilería, gasista, pintura, plomería, cerrajería, cristalería, carpintería, herrería, fumigación, piletero, emergencia veterinaria y guardería de mascotas)/ Asesoría de seguridad en el hogar, consistente en servicio de información telefónica con asesoría relacionada a la seguridad en su hogar/asistencia legal in situ en caso de robo al domicilio (1 evento anual y hasta $ 2.000 por evento) y un Servicio de Multi asistencia a Personas Jurídicas: (i) plomería (2 eventos al año y hasta $ 16.000 por evento); (ii) gas (2 eventos al año y hasta $16.000 por evento); (iii) cristalería (2 eventos al año y hasta $16.000 por evento); y (iv) electricidad (2 eventos al año y hasta $16.000 por evento Las referidas coberturas serán otorgadas por los siguientes términos; (i) 24 meses, para aquellos clientes y ex clientes que entre el 09/12/2014 y el 20/04/2020 hubiesen efectuado depósitos a plazo fijo con renovación automática por un monto menor a $5.000.000; (ii) 36 meses, para aquellos que hubiesen efectuado depósitos a plazo fijo con renovación automática por un monto mayor a $5.000.001, y menor a $20.000.000; (iii) 48 meses para aquellos que hubiesen efectuado depósitos a plazo fijo con renovación automática por un monto mayor a $20.000.001, y menor a $50.000.000, y (iv) 60 meses, para aquellos que hubiesen efectuado depósitos a plazo fijo con renovación automática por un monto mayor a $50.000.000. El acuerdo y la sentencia homologatoria podrán ser consultados en el sitio web www.pjn.gov.ar/consultadecausas; como también en www.aduc.org.ar y www.macro.com.ar y en los estrados del juzgado. Aquellos que desearen apartarse de la solución general prevista en el acuerdo, deberán manifestar dicha circunstancia por escrito en el plazo 10 (diez) días hábiles posteriores a esta publicación. Por consiguiente, la homologación de este acuerdo no impedirá el derecho de las personas físicas y jurídicas antes identificadas de reclamar individualmente aquello que consideren corresponderles, en tanto el presente Acuerdo siempre es un beneficio sin condicionamientos y no importa renuncia de derechos alguna del usuario, quien conserva cualquier acción para demandar si así lo considera pertinente

Ver Acuerdo Transaccional

Ver Sentencia Homologatoria